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Ley Corta de Isapres: todo lo que necesitas saber

Ley Corta de Isapres: todo lo que necesitas saber

Contexto de la crisis del sistema de salud

El sistema de salud en Chile ha enfrentado una profunda crisis durante los últimos años. Las entidades encargadas de administrar los planes privados han sido objeto de duras críticas por sus prácticas abusivas, que han vulnerado los derechos de millones de usuarios.

El uso discriminatorio de las tablas de factores de riesgo fue uno de los principales puntos de conflicto. Estas permitían a las isapres cobrar primas más altas a personas con ciertas características, como la edad o el sexo, incluso si no tenían enfermedades preexistentes.

La falta de transparencia en los planes de salud también es un problema recurrente. Las isapres han sido acusadas de utilizar información engañosa y cláusulas ambiguas en sus contratos, lo que ha dificultado a los usuarios tomar decisiones informadas sobre su salud.

Ante esta alza en los planes de isapres, diversas organizaciones sociales, gremios profesionales y movimientos ciudadanos levantaron su voz para exigir cambios en el sistema de salud privado.

El fallo de la Corte Suprema en diciembre de 2022 fue un punto de inflexión. En esta histórica sentencia, el máximo tribunal del país declaró ilegal el uso de las tablas de factores de riesgo por parte de las isapres, confirmando lo que muchos ya sospechaban: habían estado lucrando a costa de la salud de sus afiliados.

Este fallo propició la Ley Corta de Isapres, una iniciativa legislativa que buscaba abordar parcialmente la crisis del sistema privado de salud y proteger los derechos de los usuarios. Tras un arduo debate en el Congreso Nacional, la ley fue finalmente aprobada en mayo de 2024, con el apoyo transversal de diversos sectores políticos y sociales.

¿En qué consiste la Ley Corta de Isapres?

La Ley Corta de Isapres, también conocida como Ley 21.674, es una normativa que busca abordar parcialmente la compleja crisis de las isapres en Chile.

La ley introduce medidas para:

  • Fin a las tablas de factores de riesgo: Se elimina el uso de estas tablas discriminatorias, que permitían a las isapres cobrar primas más altas a personas con ciertas características. En su lugar, se establece un sistema basado en la edad y el sexo, con ajustes periódicos en base al Índice de Costos de Salud (ICSA).

  • Devolución de excedentes: Se establece la obligación de las isapres de devolver a sus afiliados los montos cobrados en exceso a partir del año 2010, producto de la aplicación indebida de las tablas de factores de riesgo. El proceso de devolución tendrá un plazo máximo de 12 meses, y se priorizará a los adultos mayores.

  • Fortalecer la Superintendencia de Salud: Se otorgan nuevas facultades al regulador para fiscalizar el cumplimiento de la ley y proteger los derechos de los afiliados.

¿Cuándo comienza la devolución de Ley Corta de Isapres?

Las isapres tendrán un plazo de 6 meses para presentar a la Superintendencia de Salud un plan de devolución, el cual deberá ser aprobado por el regulador. Una vez aceptado el plan, las isapres deberán iniciar la devolución de los excedentes a sus afiliados en un plazo máximo de 12 meses.

Es importante destacar que el proceso de devolución podría ser complejo y extenso, por lo que se recomienda a los afiliados estar atentos a las comunicaciones de sus isapres y de la Superintendencia de Salud para obtener información actualizada sobre su caso particular.

Fonasa o Isapre: ¿Qué es más conveniente después de la Ley Corta de Isapres?

La Ley Corta de Isapres abre un abanico de posibilidades para los usuarios del sistema de salud. Algunos podrían optar por permanecer en su isapre, aprovechando la eliminación de las tablas de factores de riesgo y la devolución de excedentes. Otros, en cambio, podrían considerar cambiarse a Fonasa, el sistema público de salud, que ofrece cobertura universal sin discriminaciones.

La decisión sobre qué previsión de salud tomar dependerá de diversos factores, como la edad, el estado de salud, los planes de salud disponibles y las preferencias personales de cada individuo.

Factores a considerar:

  • Edad: La prima de las isapres aumenta con la edad, mientras que la cotización de Fonasa se mantiene constante. Para personas mayores, Fonasa podría ser una opción más conveniente.

  • Estado de salud: Las isapres pueden negar cobertura o aplicar copagos más altos a personas con enfermedades preexistentes. Fonasa, por su parte, garantiza cobertura universal sin discriminaciones.

  • Planes de salud: Las isapres ofrecen una amplia variedad de planes de salud con diferentes coberturas y precios. Es importante comparar planes y elegir el que mejor se ajuste a sus necesidades.

  • Preferencias personales: Algunas personas prefieren la atención del sistema privado por sus menores tiempos de espera y mayor acceso a especialistas. Otros prefieren los bajos costos de Fonasa.

Sumado a lo anterior, es importante considerar que la Ley Corta de isapres establece la creación de la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC) de Fonasa. Esta nueva opción permitirá añadir a la cobertura pública un seguro complementario de salud del sector privado.

La MCC permite a los usuarios del sistema público de salud acceder a una red de prestadores privados de seguros de salud en Chile, con copagos mínimos garantizados, a través de Fonasa. Todo mediante el pago de una prima comunitaria adicional al 7% por beneficiario.

Una modalidad que podría ser atractiva para algunos usuarios que buscan mayor cobertura o acceso a prestadores privados.

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